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domingo, 10 de enero de 2016
¿QUÉ CAMBIOS SE PRODUCEN DESDE 2016 PARA LOS GALLEGOS?
Desde
el pasado 1 de enero están en vigor los cambios aprobados por la Xunta.
La Consellería de Facenda ha elevado el mínimo exento de tributación
por declarante hasta los 400.000 euros; esto significa que la gran
mayoría de los contribuyentes no tendrán que pagar por este impuesto en
el momento en el que heredan como hijos, padres, abuelos, nietos y
cónyuges. Los 400.000 euros son por heredero y no por herencia. Dicho de
otro modo: en una herencia de un millón con tres hermanos, los tres
tocarían a 333.000 euros y quedarían exentos; en cambio, si son dos,
repartirían 500.000, y tendría que tributar cada uno por los cien mil
euros restantes. El impuesto se declara cuando hay un fallecimiento. Por
ejemplo, si muere el padre y hay un patrimonio familiar de un millón en
gananciales, los hijos liquidan ahora medio millón, y el resto cuando
fallezca la madre. El límite de 400.000 euros por declarante funciona
cada vez que cada heredero presenta la autoliquidación del impuesto de
sucesiones. Y en esa cantidad se incluye también el valor de los
inmuebles y el dinero que haya en cuentas, fondos y otros activos.