domingo, 10 de enero de 2016

¿QUÉ CAMBIOS SE PRODUCEN DESDE 2016 PARA LOS GALLEGOS?

Desde el pasado 1 de enero están en vigor los cambios aprobados por la Xunta. La Consellería de Facenda ha elevado el mínimo exento de tributación por declarante hasta los 400.000 euros; esto significa que la gran mayoría de los contribuyentes no tendrán que pagar por este impuesto en el momento en el que heredan como hijos, padres, abuelos, nietos y cónyuges. Los 400.000 euros son por heredero y no por herencia. Dicho de otro modo: en una herencia de un millón con tres hermanos, los tres tocarían a 333.000 euros y quedarían exentos; en cambio, si son dos, repartirían 500.000, y tendría que tributar cada uno por los cien mil euros restantes. El impuesto se declara cuando hay un fallecimiento. Por ejemplo, si muere el padre y hay un patrimonio familiar de un millón en gananciales, los hijos liquidan ahora medio millón, y el resto cuando fallezca la madre. El límite de 400.000 euros por declarante funciona cada vez que cada heredero presenta la autoliquidación del impuesto de sucesiones. Y en esa cantidad se incluye también el valor de los inmuebles y el dinero que haya en cuentas, fondos y otros activos.